¿Qué es el CAE y cómo se pide?
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Respuesta corta
El CAE es la constancia de autorización de emisión de CFE: un archivo firmado por la DGI con el rango de numeración autorizado para un tipo de comprobante y su vencimiento (Res. DGI 798/012, num. 9). Se pide en los servicios en línea de la DGI por tipo de CFE, de 100 a 1.000.000 de números, y el rango vale dos años (num. 11).
Qué dice la norma
- Constancia por tipo de comprobante. La DGI emite, a solicitud del sujeto pasivo, una constancia de autorización de emisión para cada tipo de CFE, numerada y firmada electrónicamente, que determina el rango de numeración autorizado y la fecha hasta la cual es válido usarlo.[1]
- Qué contiene. Un archivo informático firmado electrónicamente con el número de CAE, el rango de numeración autorizado por tipo de comprobante y su vencimiento. Para cada serie incluida en el rango hay que hacer una solicitud independiente.[2]
- Numeración. Es única por tipo de comprobante, incluso la de las sucursales, e independiente de la de los documentos no electrónicos. Empieza en el número 1 de la serie A y llega hasta agotar siete dígitos; después reinicia en 1 con la serie siguiente, alfabética (sin la letra Ñ) y de hasta dos posiciones.[3]
- Vigencia. El rango de numeración vale dos años desde la fecha de emisión de la constancia. Vencido, si queda numeración sin usar, el contribuyente debe anularla.[4]
- Cantidad y vía de solicitud. Se pide en los servicios en línea del sitio de la DGI, una autorización por tipo de CFE, con un mínimo de 100 y un máximo de 1.000.000 de CFE.[5]
- Contenido del archivo. El formato oficial incluye el RUC del emisor, el tipo de CFE, la serie, los números desde y hasta, el tipo de autorización «E», el número de autorización, la fecha de emisión y la de vencimiento (24 meses calendario desde la emisión, salvo vencimiento especial).[6]
En la práctica
- Dónde se pide. La constancia se solicita únicamente en el sitio web de la DGI, en Servicios en línea, opción de constancias.[7] Las preguntas frecuentes indican la ruta «eFactura – Constancia Comprobante Fiscal Electrónico – Solicitud» y la consulta posterior en «eFactura – CAE – Consulta Autorizaciones Emitidas».[5]
- Tipos de constancia. La DGI distingue cuatro: E habilita la emisión de CFE; F habilita la impresión de comprobantes de contingencia; G la de comprobantes aún no certificados (sólo para el remito) y H la de comprobantes por los que el emisor se certificó, durante el período de transición.[7]
- A quién se otorga. Se emite para el domicilio fiscal principal.[5]
- Si el pedido agota los siete dígitos de la serie. Se autoriza hasta el número 9.999.999 y el emisor pide el resto en otra solicitud.[5]
- El sistema de facturación debe cargar el CAE y administrar el rango por tipo de CFE.[5]
- Si ya no se usa un tipo de CFE (por ejemplo, se deja el IVA mínimo por el régimen general), se informa como anulada la numeración no utilizada de esa constancia.[5]
Ejemplo resuelto
Un comercio pide un CAE para e-Tickets por 5.000 números y la DGI lo emite el 15/03/2026. Queda autorizado el rango serie A, números 1 a 5.000.
- Vencimiento. Por la regla de 24 meses calendario, vence en marzo de 2028; la fecha exacta figura en el archivo.[6]
- Si en esos dos años emite 3.200 e-Tickets, le quedan sin usar 5.000 − 3.200 = 1.800 números. Esos 1.800 deben anularse e informarse en el reporte diario.[4]
- Pedido mínimo. Si hubiera pedido 80 números, la solicitud no sería válida: el mínimo es 100.[5]
Errores frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Puedo anular un CAE que pedí por error?
No. Una vez solicitada la autorización y emitido el archivo, no puede anularse. Si no se usa la numeración, se informa todo el rango como CFE anulados (preguntas frecuentes de CFE v28, pregunta 3.2).
¿Qué pasa con los números que no usé cuando vence el CAE?
Vencido el plazo de dos años, la numeración sin usar debe anularse y no puede reutilizarse; se informa en el reporte diario (Res. DGI 798/012, num. 11; preguntas frecuentes, preguntas 3.2 y 3.3).
¿Hace falta un CAE por sucursal?
No. La numeración por tipo de CFE es única para toda la empresa y la constancia se solicita para el domicilio fiscal principal; cada contribuyente decide cómo reparte el rango entre cajas o sucursales (Res. DGI 798/012, num. 10; preguntas frecuentes, pregunta 3.2).
¿Existen CAE especiales?
Sí. A los contribuyentes exonerados por todas sus operaciones, y a los de IVA mínimo, Monotributo y Monotributo MIDES, se les otorga un CAE especial que indica el tipo (preguntas frecuentes de CFE v28, pregunta 3.2; Formato del CAE v05, campo A-C7.1).
Normas que usa esta página
- Decreto 36/012: Régimen de documentación fiscal electrónica
- Resolución DGI 798/012: Condiciones del régimen de comprobantes fiscales electrónicos
Fuentes
- Poder Ejecutivo. (2012, 8 de febrero). Decreto N.° 36/012, art. 11. IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/decretos/36-2012/11 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 9° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 10° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 11° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 3.2. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2020, 29 de mayo). Formato de la constancia de autorización para emisión de CFE (CAE), versión 05 (29/05/2020). Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/Formato_CAE_v05-pdf?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2025, 30 de enero). Cómo se documenta en el régimen de Facturación electrónica. gub.uy. https://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/se-documenta-regimen-facturacion-electronica (consultado el 2 de noviembre de 2026)
Cómo se verificó
- Fuente primaria
- Se leyó hoy en IMPO el texto original de la Res. DGI 798/012 (la versión consolidada es de pago) y las resoluciones que la modifican (531/2022, 1.315/2023, 1.256/2024), el Decreto 36/012 y el art. 12 del Decreto 99/002; además, las preguntas frecuentes de CFE (versión 28, 24/06/2026), la guía de la DGI «Cómo se documenta en el régimen de Facturación electrónica» y los formatos oficiales vigentes del Portal e-Factura de la DGI (CFE v25.2, Reporte v13.2, Mensajes v19, CAE v05).
- Verificación cruzada
- El se le hizo a un asistente de IA con búsqueda (Gemini) la consulta «Sos contador uruguayo. Nota de crédito de e-Factura (cuándo y cómo); qué es el CAE y cómo se pide; contingencia; reporte diario de CFE; aceptación o rechazo de un CFE recibido. Citá la norma vigente al 02/11/2026 con enlaces oficiales.». Resultado: coincide con la fuente. Gemini coincidió en la cantidad mínima (100), la máxima (1.000.000) y la validez de dos años. Citó el numeral 13 de la Res. 798/012 para el CAE; el texto oficial lo regula en los numerales 9, 10 y 11. Se usaron los numerales del texto oficial.
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Ceibo Aprende. (2026, 2 de noviembre). ¿Qué es el CAE y cómo se pide? (versión 1.0.0). ENOVA. Recuperado el 2 de noviembre de 2026 de https://ceibo.com.uy/aprende/que-es-el-cae/
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CEIBO APRENDE. ¿Qué es el CAE y cómo se pide? [en línea]. Versión 1.0.0. Montevideo: ENOVA, 2026 [consulta: 2 de noviembre de 2026]. Disponible en: https://ceibo.com.uy/aprende/que-es-el-cae/
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