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Facturación electrónica

¿Qué es el reporte diario de CFE y cuándo se envía?

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Respuesta corta

El reporte diario es un archivo XML firmado que el emisor electrónico envía a la DGI con los CFE y CFC emitidos en el día y la numeración emitida y anulada (Res. DGI 798/012, num. 20, redacción de la Res. 531/2022). Se envía dentro de las primeras 18 horas del día hábil siguiente, uno por día calendario, aun sin operaciones.

Qué dice la norma

  • Obligación. Todo emisor electrónico debe generar automáticamente y enviar a la DGI un reporte diario consolidado, con el detalle de los CFE y los CFC emitidos en el día, discriminados por tipo y fecha del comprobante, por sucursal y según correspondan o no a operaciones comprendidas en la Res. 10.197/2018 (pagos por cuenta de terceros), así como la numeración insumida por los comprobantes emitidos y anulados. Esta redacción es de la Res. 531/2022.[1]
  • Moneda. Desde el 01/11/2022, los importes de comprobantes que no fueron emitidos en moneda nacional se incluyen en el reporte convertidos al tipo de cambio fiscal.[1]
  • Formato y plazo. El archivo se envía en formato basado en el estándar XML y con la información del documento «Formato del reporte diario consolidado de CFE», dentro de las primeras 18 horas del día hábil siguiente al de la operación. Se envía un informe por cada día calendario, aun si no se registraron operaciones.[2]
  • Contingencia. La información de los CFC también se incorpora a los reportes diarios.[3]
  • Acuse. Para los reportes la DGI entrega un único acuse de recibo, que acepta o rechaza el reporte.[4]

En la práctica

  • Qué cubre cada reporte. Los CFE y CFC emitidos entre las 00:00:00 y las 23:59:59 de cada día, y la numeración utilizada (emitidos y anulados).[5]
  • Identificación. Cada reporte se identifica por la fecha resumen (el día que informa) y por su secuencia. Para corregir uno ya recibido se envía otro con la secuencia siguiente, y la DGI toma el de mayor secuencia.[6]
  • Zonas. Tiene tres: carátula (datos del emisor, fecha y total de CFE y CFC informados), resumen de consumo de documentación y firma electrónica.[7]
  • Respuesta de la DGI. Un primer control asigna «Reporte Recibido» o «Reporte Rechazado» y un segundo control de consistencia lo pasa a «Procesado» o «En gestión». Un reporte en gestión indica inconsistencias que el emisor debe analizar y, si corresponde, reliquidar con un nuevo reporte.[8]
  • Plazo, lectura habitual. «Dentro de las primeras 18 horas del día hábil siguiente» se interpreta como hasta las 18:00 del día hábil siguiente. Interpretación: los reportes de sábado y domingo vencen el lunes (día hábil siguiente) a las 18:00.
  • Conservación. La DGI no regula cómo se almacenan los reportes: queda a elección del emisor.[9]

Ejemplo resuelto

Un comercio emite el viernes 06/11/2026 estos documentos:

DocumentoCantidadImportes
e-Tickets (101)3$ 1.220 + $ 2.440 + $ 610 = $ 4.270
Notas de crédito de e-Ticket (102)1$ 610
Números anulados por errores de confección1sin importe
  • Reporte del viernes: fecha resumen 06/11/2026, secuencia 1. Informa 3 e-Tickets, 1 nota de crédito y 1 número anulado. Se envía hasta el lunes 09/11/2026, 18:00, que es el día hábil siguiente.
  • Sábado 07/11 y domingo 08/11: aunque no haya ventas, se envía un reporte por cada día calendario (sin operaciones).[2]
  • Un e-Ticket en moneda extranjera de US$ 100. Si el tipo de cambio fiscal fuera, por hipótesis, $ 40,00 por dólar, se informa por $ 100 × 40,00 = $ 4.000. El tipo de cambio fiscal surge de la cotización que publica el BCU: interbancario comprador billete al cierre del día anterior a la operación.[10]
  • Corrección: si el lunes se advierte un error en el reporte del viernes ya recibido, se envía otro con fecha resumen 06/11/2026 y secuencia 2.[6]

Errores frecuentes

  • No enviar el reporte de los días sin operaciones.
  • Corregir un reporte con la misma secuencia: si fue recibido, la corrección lleva la secuencia siguiente.[6]
  • No incluir los comprobantes de contingencia.[3]

Preguntas frecuentes

¿Hay que enviarlo si no hubo ventas?

Sí. Se envía un informe por cada día calendario, aunque no se hayan registrado operaciones (Res. DGI 798/012, num. 20). Debe enviarse desde la fecha de vigencia de la autorización como emisor electrónico (preguntas frecuentes de CFE v28, pregunta 9.8).

¿Cómo se corrige un reporte ya enviado?

Se envía uno nuevo con la misma fecha resumen y el número de secuencia del anterior más uno; la DGI toma como válido el de mayor secuencia para cada día (preguntas frecuentes de CFE v28, preguntas 9.2 y 9.7).

¿En qué moneda se informa?

En pesos uruguayos. Desde el 01/11/2022, los comprobantes que no fueron emitidos en moneda nacional se incluyen convertidos al tipo de cambio fiscal (Res. DGI 531/2022, num. 3; preguntas frecuentes, pregunta 9.6).

¿Qué estados puede tener un reporte?

Recibido (AR), Rechazado (BR), Reliquidado (FR), Procesado (DR) y En gestión (ER). Si es rechazado, se corrige y se reenvía con la misma secuencia, salvo el motivo R05 (preguntas frecuentes de CFE v28, pregunta 9.7).

Normas que usa esta página

Fuentes

  1. Dirección General Impositiva. (2022, 27 de abril). Resolución DGI N.° 531/2022, numerales 1 a 3. IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/531-2022 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  2. Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 20° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  3. Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 17° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  4. Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 21° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  5. Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 9.1. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  6. Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 9.2. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  7. Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 9.3. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  8. Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 9.7. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  9. Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 9.5. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  10. Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 9.6. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)

Cómo se verificó

Fuente primaria
Se leyó hoy en IMPO el texto original de la Res. DGI 798/012 (la versión consolidada es de pago) y las resoluciones que la modifican (531/2022, 1.315/2023, 1.256/2024), el Decreto 36/012 y el art. 12 del Decreto 99/002; además, las preguntas frecuentes de CFE (versión 28, 24/06/2026), la serie diaria de la UI del INE y los formatos oficiales vigentes del Portal e-Factura de la DGI (CFE v25.2, Reporte v13.2, Mensajes v19, CAE v05).
Verificación cruzada
El se le hizo a un asistente de IA con búsqueda (Gemini) la consulta «Sos contador uruguayo. Nota de crédito de e-Factura (cuándo y cómo); qué es el CAE y cómo se pide; contingencia; reporte diario de CFE; aceptación o rechazo de un CFE recibido. Citá la norma vigente al 02/11/2026 con enlaces oficiales.». Resultado: tuvo diferencias, resueltas contra la norma. Gemini dijo que el reporte se envía dentro de las 24 horas, hasta las 23:59 del día posterior, y lo citó en el numeral 14. El numeral 20 de la Res. 798/012 establece las primeras 18 horas del día hábil siguiente. Tras repreguntarle con el texto, Gemini corrigió y confirmó el numeral 20. Coincidió en que se envía todos los días, aun sin operaciones. Se resolvió contra la norma.
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APA 7.ª edición

Ceibo Aprende. (2026, 2 de noviembre). ¿Qué es el reporte diario de CFE y cuándo se envía? (versión 1.0.0). ENOVA. Recuperado el 2 de noviembre de 2026 de https://ceibo.com.uy/aprende/reporte-diario-cfe/

ISO 690 y BibTeX

ISO 690

CEIBO APRENDE. ¿Qué es el reporte diario de CFE y cuándo se envía? [en línea]. Versión 1.0.0. Montevideo: ENOVA, 2026 [consulta: 2 de noviembre de 2026]. Disponible en: https://ceibo.com.uy/aprende/reporte-diario-cfe/

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