¿Cómo se anula un e-Ticket?
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Respuesta corta
Un e-Ticket aceptado por la DGI o ya entregado no se anula: se ajusta exclusivamente con su nota de crédito de e-Ticket, que lo referencia (Res. DGI 798/012, num. 1 e y 12). Sólo se anula el número si el error se detecta antes del envío a la DGI o de la entrega al cliente, o si la DGI rechaza el comprobante, y entonces se emite otro con distinto número.
Qué dice la norma
- Qué es la nota de crédito de e-Ticket. Es el comprobante que documenta ajustes a la baja o anulaciones de operaciones ya documentadas en e-Tickets.[1]
- Antes del envío. Si se detecta un error no corregible después de emitido el comprobante, y antes de enviarlo a la DGI o de entregarlo al receptor cuando no corresponde el envío, el emisor anula el comprobante. También puede anular la numeración asignada si el error se detecta durante la confección.[2]
- CFE rechazado por la DGI. Es obligatorio anularlo y generar para esa operación un comprobante nuevo, con otro número, que se envía a la DGI y al receptor.[2]
- CFE aceptado por la DGI. Se ajusta «exclusivamente mediante sus respectivas notas de corrección».[2]
- Lo que informan las preguntas frecuentes de la DGI. Una vez emitido el CFE, enviado a la DGI y no rechazado, la única forma de corregirlo es una nota de crédito o de débito. El número de un CFE enviado no se reutiliza.[3]
- Devoluciones. Se documentan siempre con una nota de crédito en el momento en que se produce la devolución.[4]
- Informe de la numeración. El reporte diario incluye la numeración insumida por los comprobantes emitidos y anulados.[5]
En la práctica
| Situación | Qué se hace |
|---|---|
| Error al confeccionar, antes de enviarlo o entregarlo | Se anula el número y se emite un e-Ticket nuevo |
| e-Ticket ya entregado o enviado y aceptado | Nota de crédito de e-Ticket (código 102) que referencia al original |
| e-Ticket rechazado por la DGI | Se anula el número y se emite otro con número distinto, salvo los rechazos con motivo E02 o E09, que tienen reglas propias según la DGI[3] |
| Error en una nota de crédito de e-Ticket ya enviada | Nota de débito de e-Ticket |
La nota de crédito exige completar la zona de información de referencia con el tipo, la serie, el número y el monto del comprobante que se ajusta.[6] El monto referenciado no puede superar el total del comprobante original.[6]
Interpretación: para dejar sin efecto toda la operación, la nota de crédito se emite por el total del e-Ticket original; para una devolución parcial, sólo por el monto devuelto.
Cuando el e-Ticket superaba el tope de 5.000 UI, la nota de corrección también se envía a la DGI antes de su entrega, porque la regla alcanza a los e-Tickets y a sus notas de corrección.[5] Ver el tope del e-Ticket.
Ejemplo resuelto
Un comercio emitió el e-Ticket serie A, número 15.230, por $ 1.220 (neto $ 1.000 más IVA 22 % $ 220). Al día siguiente el cliente devuelve el producto.
- El e-Ticket ya se entregó, así que no se anula: se emite una nota de crédito de e-Ticket (código 102).
- Importe a ajustar: el total, $ 1.220 (neto $ 1.000 + IVA $ 220).
- Referencia: tipo 101, serie A, número 15.230, monto $ 1.220.
Si el cliente hubiera devuelto sólo un artículo de $ 610 (neto $ 500 + IVA $ 110), la nota de crédito sería por $ 610 y el monto referenciado seguiría siendo el del e-Ticket original, que no puede superarse.[6]
Si el error se hubiera advertido antes de entregar el e-Ticket, bastaba anular el número y emitir uno nuevo.
Errores frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Puedo borrar un e-Ticket que ya entregué?
No. Una vez emitido, enviado a la DGI y no rechazado, la única manera de corregirlo es con una nota de corrección, de crédito o de débito (preguntas frecuentes de CFE v28, pregunta 4.13; Res. DGI 798/012, num. 12).
¿Se puede reutilizar el número de un CFE enviado?
No. El número de un CFE enviado a la DGI no puede volver a usarse, haya sido recibido o rechazado, salvo la e-Factura de exportación rechazada (preguntas frecuentes de CFE v28, pregunta 4.13).
¿Cómo se documenta una devolución de mercadería?
Siempre con una nota de crédito, emitida en el momento en que se realiza la devolución (preguntas frecuentes de CFE v28, pregunta 4.9).
¿Hay un plazo para emitir la nota de crédito?
En la Res. DGI 798/012 y en las preguntas frecuentes de la DGI consultadas no figura un plazo en días; el criterio de la DGI para devoluciones es emitirla en el momento de la devolución (pregunta 4.9).
Normas que usa esta página
- Resolución DGI 798/012: Condiciones del régimen de comprobantes fiscales electrónicos
- Resolución DGI 531/2022: Ajustes al régimen de CFE: tope del e-Ticket y reporte diario
Fuentes
- Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 1° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2012, 8 de mayo). Resolución DGI N.° 798/012, numeral 12° (texto original). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/798-2012 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 4.13. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 4.9. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2022, 27 de abril). Resolución DGI N.° 531/2022, numerales 1 a 3. IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/531-2022 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2026, 28 de abril). Formato de los CFE, versión 25-2 (28/04/2026). Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/formato_cfe_v25-2-pdf?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
- Dirección General Impositiva. (2026, 24 de junio). Preguntas frecuentes de CFE, versión 28 (24/06/2026), pregunta 4.32. Portal e-Factura de la DGI. https://www.efactura.dgi.gub.uy/files/descargar-todas-las-preguntas-frecuentes?es (consultado el 2 de noviembre de 2026)
Cómo se verificó
- Fuente primaria
- Se leyó hoy en IMPO el texto original de la Res. DGI 798/012 (la versión consolidada es de pago) y las resoluciones que la modifican (531/2022, 1.315/2023, 1.256/2024), el Decreto 36/012 y el art. 12 del Decreto 99/002; además, las preguntas frecuentes de CFE (versión 28, 24/06/2026) y los formatos oficiales vigentes del Portal e-Factura de la DGI (CFE v25.2, Reporte v13.2, Mensajes v19, CAE v05).
- Verificación cruzada
- El se le hizo a un asistente de IA con búsqueda (Gemini) la consulta «Sos contador uruguayo. ¿Qué es un CFE y qué tipos básicos existen? ¿Cuándo corresponde e-Ticket y cuándo e-Factura? ¿Desde qué monto en UI se identifica al comprador y se envía el CFE a la DGI? ¿Cómo se anula un e-Ticket? Citá la norma vigente al 02/11/2026 con enlaces oficiales.». Resultado: tuvo diferencias, resueltas contra la norma. Gemini dijo que un CFE aceptado no se borra y que se anula con una nota de crédito de e-Ticket (coincide), pero omitió que antes del envío a la DGI o de la entrega se puede anular el número (num. 12 de la Res. 798/012) y citó mal los numerales (14 y 21). Se resolvió contra el texto oficial del numeral 12 y las preguntas frecuentes de la DGI (pregunta 4.13).
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Ceibo Aprende. (2026, 2 de noviembre). ¿Cómo se anula un e-Ticket? (versión 1.0.0). ENOVA. Recuperado el 2 de noviembre de 2026 de https://ceibo.com.uy/aprende/anular-e-ticket/
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ISO 690
CEIBO APRENDE. ¿Cómo se anula un e-Ticket? [en línea]. Versión 1.0.0. Montevideo: ENOVA, 2026 [consulta: 2 de noviembre de 2026]. Disponible en: https://ceibo.com.uy/aprende/anular-e-ticket/
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