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Monotributo

Monotributo Social MIDES: ¿quién puede y cuánto se aporta?

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Respuesta corta

Pueden optar quienes integran hogares bajo la línea de pobreza o en vulnerabilidad socioeconómica, con calificación previa del MIDES, en emprendimientos personales o asociativos de hasta cinco socios sin dependientes (Ley 18.874, art. 1). Los topes de 2026 son $ 1.175.537 y $ 1.959.229. Se paga en escala de 25 %, 50 %, 75 % y 100 %: sin cobertura de salud, de $ 659 a $ 2.637 por mes.

Qué dice la norma

  • Quiénes (Título 6 TO 2023, art. 1; Ley 18.874, art. 1)[1][2]:
    • emprendimientos personales (empresas unipersonales) o asociativos (sociedades de hecho) de hasta cinco socios;
    • sin personal dependiente;
    • todos sus integrantes en hogares por debajo de la línea de pobreza del INE o en situación de vulnerabilidad socioeconómica según la Ley 18.227.
  • Qué actividades. Quienes producen o comercializan bienes o prestan servicios, aunque no combinen capital y trabajo; no alcanza al servicio doméstico ni a la industria de la construcción (Dec. 220/012, arts. 1 y 2)[3].
  • Calificación del MIDES. Es previa, la hace sólo el MIDES y se revisa cada año[4].
  • Tope de ingresos. 60 % del límite del literal E para los emprendimientos personales y 100 % para los asociativos. Si se supera, ese ejercicio se tributa por el régimen que corresponda y para volver se necesita el aval del MIDES (art. 5)[5].
  • Cuánto. La contribución por actividad empresarial sin dependientes sobre un ficto de 5 BFC, por cada integrante (art. 7)[6]. Sólo se paga en los meses con actividad efectiva, desde la inscripción en el BPS; dos meses sin pagar suspenden el registro (art. 9)[7].
  • Escala (art. 10)[8]: 25 % los primeros 12 meses de actividad registrada, 50 % los 12 siguientes, 75 % otros 12 y 100 % después.
  • Salud y otras actividades. No se aporta al FONASA salvo que se opte por el SNIS; el sueldo, la pensión o la jubilación no hacen perder el régimen si el hogar sigue bajo la línea de pobreza (arts. 13 y 14)[9][10].

En la práctica

  • Topes 2026. La DGI publica $ 1.175.537 para el emprendimiento personal y $ 1.959.229 para el asociativo[11]. El BPS aclara que el tope de activos del Monotributo común no se aplica al social MIDES[12].
  • Aportes 2026 sin SNIS (titular de unipersonal o cada socio)[13]:
EtapaAporte mensual
Meses 1 a 12 (25 %)$ 659
Meses 13 a 24 (50 %)$ 1.320
Meses 25 a 36 (75 %)$ 1.979
Desde el mes 37 (100 %)$ 2.637
  • Con SNIS. Si se opta por la cobertura de salud el importe sube según la situación familiar (por ejemplo, $ 5.430 en los primeros 12 meses para quien no tiene cónyuge y tiene hijos), porque la escala no se aplica al FONASA[13][14].
  • Trámite. Empieza en el MIDES y sigue con la inscripción en el BPS y la DGI[14].

Ejemplo resuelto

Dos vecinas, Rosa y Elena, forman un emprendimiento asociativo de costura con calificación del MIDES y empiezan a facturar en febrero de 2026. Ninguna opta por el SNIS.

ConceptoPor sociaLas dos
Aporte mensual, meses 1 a 12$ 659$ 1.318
Meses con actividad en 2026 (febrero a diciembre)1111
Total 2026$ 7.249$ 14.498

Cálculo: el monto se debe por cada integrante (Título 6, art. 7)[6], así que 659 × 2 = 1.318 por mes; 659 × 11 = 7.249 por socia; 1.318 × 11 = $ 14.498 entre las dos. Con los valores de enero de 2026, en los meses 37 en adelante pagarían $ 2.637 cada una. Como son un emprendimiento asociativo, su tope de ingresos 2026 es $ 1.959.229 entre las dos[11].

Preguntas frecuentes

¿Puedo tener un empleo y ser monotributista social MIDES?

Sí. Cobrar sueldo, pensión o jubilación no impide el régimen, siempre que el ingreso del hogar siga por debajo de la línea de pobreza; otra actividad patronal hay que clausurarla antes (Título 6 TO 2023, art. 14).

¿Le puedo vender a empresas o al Estado?

La ley no limita las ventas a consumidores finales como el Monotributo común, y la DGI destaca que el régimen abre la posibilidad de venderle al Estado y a empresas privadas (DGI, «Monotributo Social MIDES»). Hay que emitir comprobante por todas las operaciones (Título 6, art. 15).

¿Dónde empieza el trámite?

En el MIDES, que califica a los postulantes; después se hace la inscripción ante el BPS y la DGI (Título 6 TO 2023, art. 2; DGI, «Monotributo Social MIDES»).

Normas que usa esta página

Fuentes

  1. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículo 1 (Alcance subjetivo). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/1_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  2. Poder Legislativo. (2011, 23 de diciembre). Ley N.° 18.874 (Monotributo Social MIDES). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18874-2011 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  3. Poder Ejecutivo. (2012, 3 de julio). Decreto N.° 220/012, artículos 1 y 2. IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/decretos/220-2012/2 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  4. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículo 2 (Calificación). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/2_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  5. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículo 5 (Alcance objetivo). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/5_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  6. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículos 7 y 9 (monto y actividad efectiva). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/7_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  7. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículo 9 (Actividad efectiva). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/9_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  8. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículo 10 (Beneficio). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/10_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  9. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículos 13 y 14 (SNIS y otras actividades). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/13_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  10. Poder Ejecutivo. (2024, 4 de abril). Texto Ordenado 2023, Título 6, artículo 14 (Otras actividades). IMPO. https://www.impo.com.uy/bases/todgi2023/101-2024/14_T6 (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  11. Dirección General Impositiva. (2026, 12 de enero). Tope de ingresos anuales, Monotributo Social MIDES. DGI. https://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/tope-ingresos-anuales-monotributo-social-mides (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  12. Banco de Previsión Social. (2026). Tope de ingresos y capital de la empresa (Monotributo). BPS. https://www.bps.gub.uy/23987/tope-de-ingresos-y-capital-de-la-empresa.html (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  13. Banco de Previsión Social. (2026, 21 de octubre). Monotributo social Mides ley 18.874: valores mínimos. BPS. https://www.bps.gub.uy/6667/monotributo-social-mides-ley-18874.html (consultado el 2 de noviembre de 2026)
  14. Dirección General Impositiva. (2023, 5 de octubre). Monotributo Social MIDES. DGI. https://www.gub.uy/direccion-general-impositiva/comunicacion/publicaciones/monotributo-social-mides (consultado el 2 de noviembre de 2026)

Cómo se verificó

Fuente primaria
Se leyeron en IMPO la Ley 18.874 (arts. 1, 4, 6 y 9), los arts. 1 a 16 del Título 6 TO 2023 y el Decreto 220/012; en la DGI «Monotributo Social MIDES» y «Tope de ingresos anuales, Monotributo Social MIDES» (2026); y en el BPS «Monotributo social Mides ley 18.874» y «Tope de ingresos y capital de la empresa», el 02/11/2026. Las páginas del BPS se leyeron en el navegador porque cargan su contenido con JavaScript.
Verificación cruzada
El se le hizo a un asistente de IA con búsqueda (Gemini) la consulta «Sos contador uruguayo. Monotributo Social MIDES (Ley 18.874, Título 6 TO 2023): quién puede, cuántos socios, topes, actividades excluidas, escala de pago y montos mensuales 2026. Citá la norma vigente al 02/11/2026 con enlaces oficiales.». Resultado: tuvo diferencias, resueltas contra la norma. Gemini acertó la escala 25/50/75/100 %, pero dijo que los asociativos tienen hasta 3 socios (5 si son familiares), que los topes son el 60 % de los del Monotributo ($ 705.322 y $ 1.175.537) y que se excluyen los servicios profesionales. La norma dice hasta cinco socios (T6, art. 1), topes del 60 % y 100 % del literal E ($ 1.175.537 y $ 1.959.229 según la DGI) y excluye el servicio doméstico y la construcción (Dec. 220/012, art. 2). Repreguntado con esos textos, lo confirmó.
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ISO 690

CEIBO APRENDE. Monotributo Social MIDES: ¿quién puede y cuánto se aporta? [en línea]. Versión 1.0.0. Montevideo: ENOVA, 2026 [consulta: 2 de noviembre de 2026]. Disponible en: https://ceibo.com.uy/aprende/monotributo-social-mides/

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