Ley 19.689
Promoción del empleo (tasa del Fondo de Reconversión Laboral)
Qué dice, en llano
- Desde el 1/1/2019 el aporte al Fondo de Reconversión Laboral es de 0,10 % para empleadores, trabajadores y Estado; el Poder Ejecutivo puede subirlo hasta 0,125 %. (Art. 17)
Texto oficial
Ley 19.689 en la fuente oficial. Fecha de la norma: .
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APA 7.ª edición
Ceibo Aprende. (2026, 2 de noviembre). Ley 19.689: Promoción del empleo (tasa del Fondo de Reconversión Laboral) (ficha) (versión 1.0.0). ENOVA. Recuperado el 2 de noviembre de 2026 de https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/ley-19689/
ISO 690 y BibTeX
ISO 690
CEIBO APRENDE. Ley 19.689: Promoción del empleo (tasa del Fondo de Reconversión Laboral) (ficha) [en línea]. Versión 1.0.0. Montevideo: ENOVA, 2026 [consulta: 2 de noviembre de 2026]. Disponible en: https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/ley-19689/
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