Ley 18.211
Sistema Nacional Integrado de Salud y aportes al FONASA
Qué dice, en llano
- Los empleadores aportan al FONASA el 5 % de las retribuciones sujetas a montepío, más el complemento de cuota cuando corresponda. (Art. 61, inciso 1)
- Los trabajadores aportan 3 % si ganan hasta 2,5 BPC; 4,5 % si superan 2,5 BPC sin hijos a cargo; 6 % si superan 2,5 BPC con hijos a cargo. (Art. 61)
Texto oficial
Ley 18.211 en la fuente oficial. Fecha de la norma: .
Vigencia
Vigente con modificaciones (entre ellas, la Ley 18.731 sobre cónyuges y concubinos).
Modificaciones y normas relacionadas
Páginas que la usan
Verificado
Enlaces y contenido controlados contra la fuente oficial el . Un control automático revisa a diario que los enlaces respondan y avisa si el texto del artículo cambia.
Cómo citar esta página
APA 7.ª edición
Ceibo Aprende. (2026, 2 de noviembre). Ley 18.211: Sistema Nacional Integrado de Salud y aportes al FONASA (ficha) (versión 1.0.0). ENOVA. Recuperado el 2 de noviembre de 2026 de https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/ley-18211/
ISO 690 y BibTeX
ISO 690
CEIBO APRENDE. Ley 18.211: Sistema Nacional Integrado de Salud y aportes al FONASA (ficha) [en línea]. Versión 1.0.0. Montevideo: ENOVA, 2026 [consulta: 2 de noviembre de 2026]. Disponible en: https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/ley-18211/
BibTeX
@online{ceiboaprende2026ley18211,
author = {{Ceibo Aprende}},
title = {Ley 18.211: Sistema Nacional Integrado de Salud y aportes al FONASA (ficha)},
version = {1.0.0},
date = {2026-11-02},
publisher = {ENOVA},
url = {https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/ley-18211/},
urldate = {2026-11-02},
langid = {spanish}
}
URL permanente: https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/ley-18211/. La URL no cambia aunque la página se actualice; citá la versión y la fecha de consulta.