Decreto 148/007
Reglamento del IRPF (retenciones mensuales a dependientes)
Qué dice, en llano
- Retención mensual: a la renta del mes, sin aguinaldo, se le aplica la escala de 7, 10, 15, 30, 50, 75 y 115 BPC con tasas de 0 % a 36 %. (Art. 63, num. 1)
- Si la renta mensual supera 10 BPC, la renta gravada por aportes personales se incrementa 6 % antes de aplicar la escala, sin tener en cuenta los topes de cotización. (Art. 63, num. 1)
- A las deducciones se les aplica 14 % si los ingresos nominales mensuales (sin aguinaldo ni salario vacacional) no superan 15 BPC, y 8 % si los superan. (Art. 63, num. 2)
Texto oficial
Decreto 148/007 en la fuente oficial. Fecha de la norma: .
Vigencia
Vigente. El art. 63 tiene la redacción de los Decretos 36/017, 399/019 y 118/023.
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APA 7.ª edición
Ceibo Aprende. (2026, 2 de noviembre). Decreto 148/007: Reglamento del IRPF (retenciones mensuales a dependientes) (ficha) (versión 1.0.0). ENOVA. Recuperado el 2 de noviembre de 2026 de https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/decreto-148-2007/
ISO 690 y BibTeX
ISO 690
CEIBO APRENDE. Decreto 148/007: Reglamento del IRPF (retenciones mensuales a dependientes) (ficha) [en línea]. Versión 1.0.0. Montevideo: ENOVA, 2026 [consulta: 2 de noviembre de 2026]. Disponible en: https://ceibo.com.uy/aprende/normativa/decreto-148-2007/
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